La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo dictó una medida cautelar por la cual suspendió la aplicación del capítulo laboral del DNU 70/2023.
Esto quiere decir que las regresivas y perjudiciales modificaciones a los derechos de los trabajadores y trabajadoras contenidas en dicho decreto no se aplican a partir de esta decisión judicial.
Si bien el Gobierno Nacional anunció que apelará el fallo, la resolución de la Cámara del Trabajo seguirá vigente hasta tanto se dicte sentencia definitiva sobre el planteo de inconstitucionalidad formulado.
Se reafirma de esta manera, como ya habíamos comunicado anteriormente, que los trabajadoras y trabajadores de Prensa mantienen los derechos y beneficios previstos en el Estatuto del Periodista Profesional, Estatuto de Empleados Administrativos de Empresas Periodísticas y el Convenido Colectivo de Trabajo 346/75.